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    AUTO CONSTITUCIONAL 0282/2017-CA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 0282/2017-CA

    Fecha: 10-Oct-2017

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    • Juez de Partido del Trabajo y Seguridad Social Tercero del departamento de Cochabamba
    • I.1. Síntesis de la solicitud de parte
    • a)
    • II.1.  Norma impugnada y preceptos constitucionales supuestamente infringidos
    • cuya decisión dependa de la constitucionalidad de leyes, estatutos autonómicos, cartas orgánicas, decretos, ordenanzas y todo género de resoluciones no judiciales
    • la carencia absoluta de fundamentos jurídico constitucionales alude a una operación argumentativa ineludible, basada en razonamientos constitucionales que sean suficientes de acuerdo al caso concreto que se analiza, para germinar una duda sobre la adecuación de la norma demandada a los valores, principios y normas de la Constitución Política del Estado
    • debido a la naturaleza de esta acción de control normativo, por la cual se impugna normas legales que atentan contra la Ley Fundamental, en su propósito debe cumplirse con la adecuada y razonada fundamentación jurídico constitucional, que permita a este Tribunal ingresar a analizar dichos fundamentos y efectuar el control de constitucionalidad pertinente
    • II.4.  Análisis del caso concreto
    • II.4.1. Otras consideraciones
    • RATIFICAR

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