AUTO CONSTITUCIONAL 0282/2017-CA
Fecha: 10-Oct-2017
I.1. Síntesis de la solicitud de parte
Por memorial presentado el 1 de noviembre de 2016, cursante de fs. 16 a 17 vta., la Entidad accionante, a través de su representante legal, manifiesta que dentro del proceso coactivo social seguido contra el Gobierno Autónomo Municipal de Vacas del departamento de Cochabamba, por el cobró de primas devengadas al Seguro Médico Gratuito de Vejez, correspondiente al segundo semestre de la gestión 2004 y 2005, se apersona, aclara y solicita se promueva la acción de inconstitucionalidad concreta.
Asimismo, en el Otrosí Segundo de dicho escrito, amparado en los arts. 1, 72 y 79 del Código Procesal Constitucional (CPCo), solicita promover la acción de inconstitucionalidad concreta contra la Disposición Adicional Única de la Ley de Prestación de Servicios de Salud Integral del Estado Plurinacional de Bolivia.
- Juez de Partido del Trabajo y Seguridad Social Tercero del departamento de Cochabamba
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- a)
- II.1. Norma impugnada y preceptos constitucionales supuestamente infringidos
- cuya decisión dependa de la constitucionalidad de leyes, estatutos autonómicos, cartas orgánicas, decretos, ordenanzas y todo género de resoluciones no judiciales
- la carencia absoluta de fundamentos jurídico constitucionales alude a una operación argumentativa ineludible, basada en razonamientos constitucionales que sean suficientes de acuerdo al caso concreto que se analiza, para germinar una duda sobre la adecuación de la norma demandada a los valores, principios y normas de la Constitución Política del Estado
- debido a la naturaleza de esta acción de control normativo, por la cual se impugna normas legales que atentan contra la Ley Fundamental, en su propósito debe cumplirse con la adecuada y razonada fundamentación jurídico constitucional, que permita a este Tribunal ingresar a analizar dichos fundamentos y efectuar el control de constitucionalidad pertinente
- II.4. Análisis del caso concreto
- II.4.1. Otras consideraciones
- RATIFICAR