AUTO CONSTITUCIONAL 0287/2017-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0287/2017-CA

Fecha: 17-Oct-2017

II.4. Análisis del caso concreto

En el caso de autos,  Jhon Pool García Gálvez dentro del proceso penal instaurado en su contra interpone la presente acción de inconstitucionalidad concreta, impugnando el art. 203 del CP, considerando que el mismo sería contrario a los arts. 119.I y 180.I de la CPE; y, 9 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

Revisada la demanda se tiene que, si bien la misma fue interpuesta dentro de un proceso penal, identificando por una parte la norma impugnada, así como los preceptos constitucionales infringidos; no obstante, cabe señalar que la misma no se encuentra sustentada con una adecuada fundamentación jurídico-constitucional, puesto que en la mayor parte de la demanda se limita a transcribir doctrina y jurisprudencia relativa a los documentos, fotocopias y al uso de instrumento falsificado, omitiendo establecer de manera precisa las razones por las cuales considera que el art. 203 del CP resultaría contrario a los arts. 119.I y 180.I de la CPE, pues de acuerdo a lo determinado en el Fundamento Jurídico II.3. del presente Auto Constitucional, el accionante no consideró que cuando se demanda la inconstitucionalidad de un precepto legal, necesariamente debe precisarse de manera clara los razonamientos por los cuales el art. 203 del CP, sería contrario a cada uno de los preceptos constitucionales identificados.