Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0293/2017-CA
Fecha: 24-Oct-2017
afectada por una norma jurídica contraria a la Constitución tendrá derecho a presentar la Acción de Inconstitucionalidad, de acuerdo con los procedimientos establecidos por la ley
El art. 73.2 del CPCo, establece que la: “Acción de Inconstitucionalidad de carácter concreto, que procederá en el marco de un proceso judicial o administrativo, cuya decisión dependa de la constitucionalidad de leyes, estatutos autonómicos, cartas orgánicas, decretos, ordenanzas y todo género de resoluciones no judiciales”.
- Presidente de la Comisión de Régimen Disciplinario Escuela Básica Policial (ESBAPOL) Santa Cruz
- I.1. Síntesis de la solicitud de la parte
- a)
- RECHAZA
- afectada por una norma jurídica contraria a la Constitución tendrá derecho a presentar la Acción de Inconstitucionalidad, de acuerdo con los procedimientos establecidos por la ley
- o de su representante legal, acompañando en este último caso la documentación que acredite su personería.
- II.3. Análisis del caso concreto
- RATIFICAR