AUTO CONSTITUCIONAL 0299/2017-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0299/2017-CA

Fecha: 31-Oct-2017

II.3.  Análisis del caso concreto

En ese sentido, del análisis del memorial del recurso y los antecedentes que cursan en el expediente, se advierte que la problemática de la supuesta incompetencia de los recurridos, emerge del proceso disciplinario interno iniciado de oficio por la UPEA contra Franklin Marcelo Valdez, Edwin Cuba Orellana, Gladys Ergueta Miranda, Javier Machaca Yujra y Benigno Pablo Paniagua Monasterios (fs. 7 a 9 vta.); efectuados los trámites correspondientes, por Resolución 008/2010 de 8 de septiembre, el Tribunal de Procesos Universitarios sancionó al ahora recurrente con la suspensión de seis meses (fs. 10 a 24); por lo que, ante esa decisión, interpuso recurso de apelación, mismo que fue resuelto por Resolución 52/2014, hoy cuestionada de nulidad, mediante la cual el Consejo Universitario confirmó y modificó la sanción impuesta mediante Resolución Sancionatoria (fs. 25 a 26 vta.).