Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0299/2017-CA
Fecha: 31-Oct-2017
recurso directo de nulidad
El recurso directo de nulidad interpuesto por Franklin Marcelo Valdez Alarcón contra Edwin Jesús Callejas Pinto y Cesar Hugo Suxo Escobar, ex Autoridades Universitarias; y, Felipe Paucara Condori y Gerardo Valdez Baltazar actuales Presidentes de Docentes y Estudiantil, respectivamente del Consejo Universitario de la Universidad Pública de El Alto (UPEA); demandando la nulidad de la Resolución 52/2014 de 26 de marzo.
- recurso directo de nulidad
- I.1. Antecedentes
- I.2. Argumentos jurídicos del recurso
- I.3. Petitorio
- II.1. Marco normativo constitucional y legal del recurso directo de nulidad
- 1. Supuestas infracciones al debido proceso.
- el recurso directo de nulidad no es aplicable: ‘…a supuestas infracciones al debido proceso, en cualquiera de las formas en que tales infracciones pudieran producirse en los procesos judiciales o administrativos en curso
- Pretender impugnar decisiones dentro de procesos judiciales o administrativos con el argumento de que han sido dictadas sin competencia, constituye un uso abusivo e indebido del recurso directo de nulidad
- II.3. Análisis del caso concreto
- supuesta infracción al debido proceso
- IMPROCEDENCIA