AUTO CONSTITUCIONAL 0382/2017-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0382/2017-RCA

Fecha: 20-Oct-2017

improcedente

El Juez Público Mixto y Sentencia Penal Segundo de Punata del departamento de Cochabamba, constituido en Juez de garantías, por Resolución de 27 de septiembre de 2017, cursante de   fs. 11 a 12, declaró improcedente la acción de amparo constitucional, bajo los siguientes fundamentos: 1) La competencia del Juez de garantías no se abre porque la accionante pretende la restitución directa de su derecho laboral y propietario, sin que los mismos estén consolidados como derechos fundamentales; 2) Amerita ser objeto de un proceso ordinario, sea en materia civil, familiar o inclusive penal; toda vez que, esta acción tutelar por su naturaleza jurídica no define derechos sino que tutela garantías constitucionales en base a derechos consolidados que no tengan carácter controvertido o subjetivo; y, 3) En el presente caso, se trata de un diferendo entre familiares sobre la propiedad de un bien inmueble que está registrado a nombre de una tercera persona de nombre Inés Torrico Céspedes, donde la accionante tiene su fuente laboral como administradora.