DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0083/2017
Fecha: 02-Oct-2017
suprimir la definición de impuesto
El estatuyente municipal procedió a suprimir la definición de impuesto conforme a los fundamentos jurídicos que sustentan el test de constitucionalidad de la regulación analizada, insertos en la DCP 0024/2017; en ese marco, la previsión guarda concomitancia con la Norma Suprema no obstante la falta de mención expresa al impuesto que cursa en el art. 8.e de la Ley 154 de 14 de julio de 2011, relativo a la afectación del medio ambiente por vehículos automotores, siempre y cuando no constituyan infracciones ni delitos, que de acuerdo a la citada ley básica, forma parte del dominio tributario del nivel municipal de gobierno; por consiguiente, la no inclusión de dicho tributo en la norma institucional básica, no constituye una renuncia al mismo por el Gobierno Autónomo Municipal de Villa Alcalá, instancia que podrá disponer su recaudación, cuando así considere pertinente; bajo cuyo entendimiento se declara la compatibilidad de la regulación con la Constitución Política del Estado.
- I.1. Contenido de la consulta
- I.2. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- IMPROCEDENCIA
- Artículo 38. Atribuciones y funciones del Alcalde
- Fragmento 7
- en consecuencia, se da por repuesta dicha frase
- suprimir la definición de impuesto
- en consecuencia, se dan por repuestos dichos tributos
- Fragmento 11
- Artículo 132. Procedimiento de reforma de la carta orgánica total o parcial
- incorporó el control previo de constitucionalidad del proyecto de carta orgánica municipal, como una fase insoslayable en el proceso de reforma de este instrumento normativo
- 1°
- 2°