Sentencia: 1132/2017-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

Sentencia: 1132/2017-S2

Fecha: 23-Oct-2017

II.2. Análisis del caso concreto

Con relación al derecho al agua tal como se tiene que en el FJ II.1.1 se cita este entendimiento: ”…cuando se busca la protección del derecho al agua potable en su dimensión colectiva, es decir, para una población o colectividad, en cuyo caso se activa la acción popular, este supuesto se sustenta en razón a que el agua y los servicios básicos de agua potable (art. 20.I de la CPE), deben ser accesibles a todos, con mayor razón a los sectores más vulnerables, marginados y desprotegidos de la población, sin discriminación alguna (art. 14.II de la CPE), como por ejemplo las poblaciones rurales, campesinas y zonas de naciones y pueblos indígena originario campesinos. En este ámbito, puede protegerse a las colectividades de la discriminación en el acceso al agua potable en su dimensión colectiva“ (SCP 0176/2012).

En el caso en examen, de acuerdo a los antecedentes, se ha evidenciado que ”EMIRSA“ asumió el compromiso de dotar de agua potable a Villa Chuquiña, mediante la instalación de tanques de almacenamiento y bombeo a la red de distribución, hecho que no ha sido contradicho o controvertido por la empresa ahora demandada; y, conforme se tiene de los datos del expediente, teneos las siguientes conclusiones: