Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1040/2017-S3
Fecha: 10-Oct-2017
I.1.2. Derechos y garantía supuestamente vulnerados
El accionante considera lesionados sus derechos al trabajo, a la estabilidad laboral, a la percepción de un salario justo y sus beneficios sociales, citando al efecto los arts. 46.I.2, 48, 49.III, 115.II y 410 de la Constitución Política del Estado (CPE); y, 4 del Convenio 158 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantía supuestamente vulnerados
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- concedió
- II.1.
- Fragmento 8
- III.
- La conminatoria es obligatoria en su cumplimiento a partir de su notificación y [únicamente] podrá ser impugnada en la vía judicial
- de ahí que para concederse una tutela constitucional debe analizarse en cada caso la pertinencia de la conminatoria,
- III.2. Análisis del caso concreto
- a)
- CONFIRMAR en parte