SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 1056/2017-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 1056/2017-S2

Fecha: 09-Oct-2017

denegó

El Juez de Sentencia Penal Sexto del departamento de La Paz, constituido en Juez de garantías, mediante Resolución 28/2017 de 4 de septiembre, cursante de fs. 30 a 31 vta., denegó la tutela solicitada, con los siguientes fundamentos: 1) Una  resolución judicial de medida cautelar que afecta el derecho a la libertad física o de locomoción, con carácter previo a interponer la acción de libertad, se debe apelar la misma, para que el superior en grado tenga la posibilidad de corregir la arbitrariedad denunciada; y, 2) El orden legal penal prevé el indicado medio impugnativo precisamente para que, a través de un recurso rápido, idóneo efectivo y con la mayor celeridad sea reparada la lesión denunciada, lo propio está referido a cuestiones lesivas a derechos fundamentales relacionados a actividad procesal defectuosa o relacionado al debido proceso, casos en los cuales se debe acudir ante la autoridad que conoce al causa en ese momento procesal, de esta jurisprudencia se desprende que previo a interponer la acción de libertad la parte accionante debe agotar el mecanismo intra procesal a que hace referencia el art. 252 del Código de Procedimiento Penal (CPP), esto es el recurso de apelación contra la Resolución que dispuso la detención preventiva de los accionantes, en esta audiencia el abogado de éstos, manifestó que en su momento se apeló contra la Resolución dictada por el Juez cautelar y esa apelación estuviera pendiente de resolución; consecuentemente, debe agotarse ese recurso ordinario.