Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 1056/2017-S2
Fecha: 09-Oct-2017
Fragmento 11
En consideración de los Fundamentos Jurídico III.1 de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, respecto a la formulación de la acción de libertad de pronto despacho no se encuentra configurado por sus presupuestos de activación dispuestos en el art. 125 de la CPE; consecuentemente, no corresponde otorgar la tutela solicitada, empero se aclara en el caso concreto no se ingresó al análisis del fondo de la problemática.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad y presupuestos de activación
- III.2. Respecto a la Subsidiariedad excepcional de la acción de libertad
- Fragmento 9
- III.3. Análisis del caso concreto
- Fragmento 11
- CONFIRMAR en todo