SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1069/2017-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1069/2017-S1

Fecha: 03-Oct-2017

I.1.1. Hechos que motivan la acción

El 15 de noviembre de 201, fue aprehendido por la Fuerza Especial de Lucha Contra el Narcotráfico (FELCN) y puesto a disposición del Ministerio Público el mismo día; en consecuencia, la autoridad Fiscal emitió la imputación formal por el delito de tráfico de sustancias controladas y puso en consideración del Juez Tercero de Instrucción en lo Penal, autoridad judicial que dispuso su detención preventiva en el Centro Penitenciario de San Pedro de la ciudad de La Paz.

A la conclusión de la etapa preparatoria, el Ministerio Público, presentó requerimiento conclusivo de acusación formal en contra del accionante, por el delito de tráfico de sustancias controladas, causa que fue sorteada y posteriormente radicada  ante el Juzgado Segundo de Sentencia Penal del departamento de La Paz; posteriormente, al inicio del juicio oral, el accionante solicitó la salida alternativa de procedimiento abreviado conforme prevé el art. 373 y 374 del Código de Procedimiento Penal (CPP), petición que fue aceptada por el Ministerio Público, dando lugar a que la Jueza de la causa pronuncie Sentencia condenatoria 12/2017 de 23 de junio, por la que le impuso la pena de presidio de catorce (14) años y diez mil (10.000) días multa a razón de Bs2.- (dos 00/10 bolivianos) por día.

Según lo dispuesto en la Sentencia, la condena debía ser cumplida en la cárcel Púbica de Puerto Acosta, Provincia Camacho del departamento de La Paz, en consideración a la certificación emitida por el Alcaide de dicho centro, que informó que existen las condiciones y la seguridad en la cárcel; así como el informe de 27 de abril de 2017, del Director del Recinto Penitenciario de San Pedro, Nelson Mora Valencia, ahora demandado, que informó que el centro a su cargo, tiene un 150% de hacinamiento extremo en el penal; y, en consideración a que el accionante, tiene familia asentada en la comunidad Jacopampa Carabuco de la provincia Carabuco del departamento de La Paz.

El 2 de agosto de 2017, la Dirección del Recinto Penitenciario de San Pedro, tomo conocimiento del mandamiento de condena, extremo que permite concluir que el demandante cuenta con una sentencia ejecutoriada, por el delito de tráfico de sustancias controladas; empero, continúa ilegalmente e indebidamente detenido en el Centro Penitenciario de San Pedro de la ciudad de La Paz.