SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1077/2017-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1077/2017-S1

Fecha: 03-Oct-2017

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El accionante a través de sus representantes legales considera lesionado su derecho al debido proceso en su vertiente de congruencia, cosa juzgada; y, acceso a la justicia pronta, oportuna y sin dilaciones, debido a que, en virtud de la Resolución 024/98, por la cual se dispuso su reincorporación a la Armada Boliviana, el 18 de septiembre de 2012, el Tribunal de Personal de la Armada Boliviana por Resolución 022/12, declaró procedente el resarcimiento del daño económico causado contra su persona y dispuso el pago de sus haberes devengados; en ese antecedente, al solicitar al aludido Tribunal, la ejecución de dicho fallo, de manera sorpresiva fue notificado con la Resolución 82/15, que determinó la desestimación de la aplicación y/o ejecución de la citada Resolución, que al ser impugnada; el aludido Tribunal a través de la Resolución 010/16, refrendó y avaló la ilegal decisión. Por ello, al formular el recurso de apelación; el Tribunal Superior del Personal de las FF.AA., tratando de proteger a sus camaradas, mediante Resolución TSP.FF.AA. 127/16, confirmaron las Resoluciones antes citadas, esta vez incluso, anularon obrados hasta la Resolución 024/98; es decir, suprimió de oficio todo un proceso administrativo militar, cuyo fallo tenía la autoridad de cosa juzgada.