SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1081/2017-S3
Fecha: 18-Oct-2017
concedió en parte
El Tribunal de Sentencia Penal Décimo de la Capital del departamento de La Paz, constituido en Tribunal de garantías, mediante Resolución 63/2017 de 6 de septiembre, cursante de fs. 18 a 22, concedió en parte la tutela solicitada, disponiendo que la autoridad demandada ordene la salida judicial impetrada, tal cual refiere la providencia de 4 del indicado mes y año, sin daños y perjuicios por ser excusable, decisión que tomó, bajo los siguientes fundamentos: a) Habiendo el accionante solicitado el 1 de ese mes y año, -por segunda vez- salida judicial para realizar el reconocimiento de firmas y rúbricas, y en la que adjuntó la prueba correspondiente, esta no fue respondida por la Jueza demandada, a pesar de que dicha documentación era necesaria a objeto de solicitar cesación de la detención preventiva; y, b) En atención a la SCP 0941/2016-S2 de 7 de octubre, la cual señala que, el encontrarse en suplencia legal en otro Juzgado, no exime de responsabilidad a las autoridades judiciales, puesto que la responsabilidad es la misma, y debe aplicarse al presente caso ya que se evidencia una dejadez y negligencia de la autoridad demandada, al no providenciarse de manera positiva o negativa la solicitud impetrada por el accionante.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- concedió en parte
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- III.2. Jurisprudencia reiterada sobre los alcances de protección respecto al procesamiento ilegal o indebido mediante la acción de libertad
- el acto lesivo, entendido como los actos ilegales, las omisiones indebidas o las amenazas de la autoridad pública, denunciados, deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión
- III.3. Análisis del caso concreto
- REVOCAR en parte