Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1081/2017-S3
Fecha: 18-Oct-2017
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante a través de su representante estima como vulnerados sus derechos a la defensa, a libertad, a la “seguridad jurídica”, a la igualdad y al debido proceso, por cuanto habiendo solicitado en dos oportunidades -ante la autoridad hoy demandada-, autorización de salida judicial para apersonarse ante un Notario de Fe Pública a objeto de realizar el reconocimiento de firmas y rúbricas del contrato de trabajo a futuro, no se efectivizó su salida judicial, motivo por el cual la Jueza demandada se encuentra obstaculizando la documentación solicitada, toda vez que la misma es necesaria para requerir la cesación de la detención preventiva.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- concedió en parte
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- III.2. Jurisprudencia reiterada sobre los alcances de protección respecto al procesamiento ilegal o indebido mediante la acción de libertad
- el acto lesivo, entendido como los actos ilegales, las omisiones indebidas o las amenazas de la autoridad pública, denunciados, deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión
- III.3. Análisis del caso concreto
- REVOCAR en parte