SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1081/2017-S3
Fecha: 18-Oct-2017
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Dentro del proceso penal seguido en su contra por la presunta comisión del delito lesiones graves y leves, se encuentra cumpliendo detención preventiva, por lo que el 29 de agosto de 2017, solicitó a la Jueza de Instrucción Penal Novena de la Capital del departamento de La Paz -hoy demandada-, salida judicial con la finalidad de constituirse ante la Notaria de Fe Pública 26 de ese departamento a cargo de la abogada Jhaquelin Nely Flores Gutiérrez, para realizar el reconocimiento de firmas y rúbricas del contrato de trabajo a futuro a suscribirse con Mario Ayma Mendoza, Propietario de la “…EMPRESA UNIPERSONAL-RAM CONSTRUCCIONES S.A…” (sic), motivo por el cual la autoridad demandada mediante decreto de 30 de igual mes y año, autorizó dicha salida judicial; sin embargo, al momento de revisar el cuaderno de control jurisdiccional, el proveído que disponía esa salida judicial fue borrado quedando una mancha evidente, además que dicha Jueza demandada en vez de subsanar esa observación, emitió otro decreto señalando que antes de disponer la salida judicial se adjunte la prueba pertinente.
En ese sentido, el 1 de septiembre de 2017, nuevamente pidió salida judicial con la misma finalidad, pero esta vez para horas 17:00 del 6 de igual mes y año, acompañando la prueba correspondiente; sin embargo, hasta la fecha -se entiende de la interposición de la presente acción tutelar-, no se dispuso su salida judicial, obstaculizando de esta manera la documentación solicitada, toda vez que esta es necesaria para requerir su cesación de la detención preventiva.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- concedió en parte
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- III.2. Jurisprudencia reiterada sobre los alcances de protección respecto al procesamiento ilegal o indebido mediante la acción de libertad
- el acto lesivo, entendido como los actos ilegales, las omisiones indebidas o las amenazas de la autoridad pública, denunciados, deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión
- III.3. Análisis del caso concreto
- REVOCAR en parte