SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1082/2017-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1082/2017-S1

Fecha: 03-Oct-2017

denegó

La Jueza Vigesimosexta Público en lo Civil y Comercial del departamento de Santa Cruz, constituida en Jueza de garantías, mediante Resolución 05/2017 de 10 de agosto, cursante de fs. 139 a 143, denegó la tutela solicitada, con los siguientes fundamentos: i) Del análisis de la jurisprudencia constitucional transcrita como de los argumentos expuestos en el Auto de Vista 50 de 26 de abril de 2016, dictado por los ahora demandados, se establece que fue dictado en forma objetiva y congruente con la normativa establecida en el procedimiento laboral, cuyo art. 133 determina que “las excepciones perentorias serán resueltas juntamente con la causa principal”; ii) De los actuados referidos, como de una minuciosa revisión de los mismos, se evidencia que la referencia a una actuación de complementación y enmienda no tienen relevancia en los fundamentos expuestos por el Tribunal de apelación, por cuanto el Auto apelado es el que resuelve la objeción efectuada al Auto de relación procesal; iii) No se advierte que las autoridades demandadas hubieren violado los derechos constitucionales denunciados; y, iv) Sobre los derechos al debido proceso y a la tutela judicial efectiva, se evidencia que el accionante en todo momento usó de las alegaciones e interpuso los recursos ordinarios que creyó conveniente y que fueron debidamente resueltos conforme al procedimiento laboral de la materia; habiendo de igual forma, impugnado las resoluciones que consideró lesivas a sus intereses, debiendo entenderse que no resultan vulnerados sus derechos por el solo hecho de haberse emitido una resolución que no satisfaga los intereses del peticionante.