SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1082/2017-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1082/2017-S2

Fecha: 09-Oct-2017

1)

El accionante a través de su representante, se ratificó in extenso en el contenido de la demanda de acción de libertad, acotando la misma señalo;    1) Conforme se puede establecer en audiencia tutelar, no remitió el Juez demandado el cuaderno de investigación por lo que se supone la presunción de la veracidad de los hechos planteados por su parte; 2) El Juez de garantías ha podido evidenciar la reclamación de los agravios que no tiene acceso al cuaderno procesal por que la autoridad judicial demandada remitió en originales al Tribunal de alzada a pedido de la otra parte, dejándoles en estado de indefensión; 3) Ha sido beneficiado con una resolución del Juez de la causa, donde dispone la admisibilidad del recurso de apelación interpuesta, dejando sin efecto el acta de declaración informativa y la imputación formal; es decir, anula las actuaciones procesales y que mediante memorial pidió al Juez demandado que se pronuncie si se quedó sin efecto la declaratoria de rebeldía de 3 de abril de 2017, y a la vez el mandamiento de aprehensión, ya que la otra parte está pretendiendo efectivizar dicho mandamiento en su contra; en consecuencia mediante el mismo memorial no se ha tenido respuesta ni se puede revisar porque no se tiene el cuaderno de investigación, estando en indefensión ya que no se sabe los actuados generados y tampoco se sabe si respondió a su pedido para poder alegar o impugnar, por lo que el memorial se encuentra a la fecha ausente de respuesta; 4) Teniendo el mandamiento de aprehensión vigente en su contra se dio una persecución ilegal indebida y no pudiendo asumir defensa porque no se tiene físicamente el cuaderno de investigación se está generando un estado de indefensión; y, 5) El memorial impetrado debería ser respondido a la fecha, como también notificado y no se tiene acceso a el, no pudiendo acceder materialmente a ese elemento.