SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1099/2017-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1099/2017-S2

Fecha: 09-Oct-2017

i)

Iván Jorge Arcienega Collazos, a través de sus representantes Hugo Ampuero Orozco y Luis Fernando Arnau López, presentó informe en audiencia manifestando lo siguiente: i) Evidentemente se impugnó de revocatoria y jerárquico la Resolución de reincorporación que fue confirmada por la Resolución Administrativa JDTEPSCHR-009/17 de 17 de febrero de 2017, razón por la cual se elevó un informe al abogado Hugo Ampuero Orozco recomendando proceder a la reincorporación de la accionante en el mismo puesto que ocupaba de manera provisional, en razón a que el Gobierno Autónomo Municipal de Sucre interponía acciones legales y constitucionales contra la citada resolución; ii) De las documentales adjuntadas por la accionante se tienen los contratos individuales de trabajo del 2011 y del 2012, reconociendo que la presente acción tendría efectos a partir de la gestión 2013, por cuanto hasta el último contrato suscrito se habrían realizado varios contratos a plazo fijo, empero en la segunda cláusula de los mismos se establece como marco legal lo establecido por el art. 519 del Código Civil (CC), arts. 7 y 14 del Reglamento Interno de Municipalidades 096/06 de 27 de marzo y art. 6 del Estatuto del Funcionario Público (EFP).