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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1117/2017-S2
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1117/2017-S2

    Fecha: 23-Oct-2017

    I.2.2. Informe de la Autoridad demandada

    Fernando Milko Cárdenas Cabero, Juez de Instrucción Anticorrupción  y Contra la Violencia hacia la Mujer Primero (EPI-SUR) del departamento de Cochabamba, se advierte que no cursa informe escrito, ni tampoco se encontró presente en la audiencia de acción de libertad, pese haber sido citado legalmente (fs. 8).

    • acción de libertad
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.2.2. Informe de la Autoridad demandada
    • denegó
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.  Naturaleza jurídica de la acción de libertad
    • III.2.  La acción de libertad traslativa o de pronto despacho
    • Planteada la solicitud, en el caso de los Numerales 1 y 4, la o el Juez deberá señalar audiencia para su resolución en el plazo máximo de cinco (5) días.
    • III.4.   Análisis del caso concreto
    • Fragmento 10
    • REVOCAR en todo

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