SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1134/2017-S2
Fecha: 23-Oct-2017
I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
Se encuentra indebidamente privada de libertad, por orden de la Fiscal de Materia de Tarata, por una interpretación errónea y autoritaria del art. 226 del Código de Procedimiento Penal (CPP), puesto que, antes de cualquier citación o que se expida mandamiento de aprehensión, se presentó a prestar su declaración y se puso a disposición de la investigación; sin embargo, tras la presentación del memorial, se le retuvo la cédula de identidad, manifestando que espere al proveído del memorial, elaborando el requerimiento de 5 de septiembre de 2017, con el que se le notificó, no permitiendo que salga de las oficinas, trasladándola a celdas policiales, entendiendo que el mandamiento de aprehensión ha sido ejecutado por la Fiscal de Materia, posteriormente se le citó, ordenando que vaya sin abogado defensor, para que ella disponga su defensa, conforme consta en la citación.
Solicitó se ordene que se restablezcan las formalidades legales y se restituya la libertad, aclarando que la única finalidad del mandamiento de aprehensión, es poner a disposición de la Fiscalía, a la persona denunciada o investigada, previa la concurrencia de algunas exigencias, como la flagrancia y elementos de convicción de que pueda ocultarse, fugarse, ante su presentación voluntaria, correspondía interpretar el art. 226 de manera integral y no aislada.
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- a)
- concedió
- II.2.
- II.5.
- II
- III.1. La subsidiariedad excepcional en la acción de libertad
- en los supuestos en que la norma procesal ordinaria de manera específica prevea medios de defensa eficaces y oportunos para resguardar el derecho a la libertad supuestamente lesionado, estos deben ser utilizados, previamente, circunstancia en la que excepcionalmente, el recurso de habeas corpus operará de manera subsidiaria
- la etapa preparatoria del proceso penal es el juez cautelar quien debe conocer las supuestas lesiones a derechos y garantías
- antes de existir imputación formal, cometen arbitrariedades relacionadas al derecho a la libertad física o de locomoción, las cuales deben ser denunciadas ante el juez cautelar de turno, si aún no existe aviso del inicio de la investigación, o ante el juez cautelar a cargo de la investigación cuando ya se dio cumplimiento a dicha formalidad
- i) Cuando no exista un hecho relacionado a un delito ni aviso de inicio de la investigación al Juez cautelar, corresponde activar de forma directa la acción de libertad;
- Fragmento 12
- Cuando existe imputación y/o acusación formal, y se impugna una resolución judicial de medida cautelar que por ende, afecta al derecho a la libertad física o de locomoción, con carácter previo a interponer la acción de libertad, se debe apelar la misma, para que el superior en grado tenga la posibilidad de corregir la arbitrariedad denunciada
- III.2. Competencia de los Fiscales de Materia para emitir mandamientos de aprehensión según lo previsto por el art. 224 del CPP; y, el deber de comparecer del imputado
- El fiscal podrá ordenar la aprehensión del imputado, cuando sea necesaria su presencia y existan suficientes indicios de que es autor o partícipe de un delito de acción pública sancionado con pena privativa de libertad, cuyo mínimo legal sea igual o superior a dos años y de que pueda ocultarse, fugarse o ausentarse del lugar u obstaculizar la averiguación de la verdad (…).
- una situación excepcional que faculta al fiscal a disponer directamente la aprehensión de un ciudadano prescindiendo de la citación previa, cuando concurren los requisitos exigidos en la misma norma, para el único efecto de garantizar la presencia del imputado en el proceso y poner al aprehendido a disposición del juez dentro del plazo señalado‘
- Facultad excepcional que puede ser practicada por el fiscal antes o después de recibir la declaración del imputado
- III.3. La inviolabilidad de la defensa y el derecho a contar con un abogado de confianza o libre elección
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo