Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1202/2017-S1
Fecha: 24-Oct-2017
II.3.
II.3. Por decreto de 12 de septiembre de 2017, el Juez ahora demandado ordenó la notificación al representante del Ministerio Público a efectos de informar sobre el cumplimiento del art. 324 del CPP, bajo conminatoria de ley, sin perjuicio de poner en conocimiento del Fiscal Departamental de La Paz el presente proveído. Asimismo dispuso se notifique a todos los sujetos procesales con el requerimiento conclusivo de sobreseimiento (fs. 9).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Fragmento 2
- concedió
- II.1.
- II.3.
- II.8
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. De la acción de libertad
- III.3. El sobreseimiento y la situación jurídica del detenido preventivo
- Fragmento 11
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR