Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0048/2017-RCA
Fecha: 03-Feb-2017
esta acción tutelar tiene el
Por su parte, el art. 51 del CPCo, estableció que esta acción tutelar tiene el “…objeto de garantizar los derechos de toda persona natural o jurídica, reconocidos por la Constitución Política del Estado y la Ley, contra los actos ilegales o las omisiones indebidas de las y los servidores públicos o particulares que los restrinjan, supriman o amenacen restringir o suprimir”.