AUTO CONSTITUCIONAL 0055/2017-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0055/2017-RCA

Fecha: 13-Feb-2017

a)

La Empresa accionante refirió que: a) El Tribunal de garantías no valoró la notificación realizada después de veinte días de emitida la Resolución Administrativa de Declaratoria Desierta 30/2016, en contra de la disposición del art. 51 del DS 0181; es más, inició la ejecutoria de la boleta de garantías el 9 de noviembre de 2016; es decir, antes de ser notificada con esa Resolución; y, b) Se hizo el reclamo correspondiente a los funcionarios del SETAR a momento de la descalificación, presentando una certificación mediante nota en la que se indica que no se tiene adeudos tributarios, pese a ello se emitió la mencionada Resolución Administrativa. Impetrando que en el plazo determinado se remita al Tribunal Constitucional Plurinacional para que aplique lo que corresponda.