AUTO CONSTITUCIONAL 0064/2017-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0064/2017-RCA

Fecha: 17-Feb-2017

1)

La Sala Social, Administrativa, Contencioso y Contenciosa Administrativa Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, constituida en Tribunal de garantías, mediante Auto 43/2016 S.S.A.II de 15 de noviembre, cursante a fs. 72, determinó que los accionantes subsanen las siguientes observaciones: 1) Especifiquen y detallen los derechos y/o garantías constitucionales vulnerados; 2) Señalen cómo se conculcaron los mismos con los actos impugnados; 3) Aclaren si reclamaron ante las instancias correspondientes los presuntos actos ilegales, conforme a la Ley de Régimen Disciplinario de la Policía Boliviana; 4) Detallen con precisión las generales de ley de cada una de las autoridades demandadas y los terceros interesados y amplíen en su caso, la acción de amparo constitucional en contra del Director Nacional de Personal de la Policía Boliviana y las actuales autoridades que se encuentran ejerciendo funciones en los Tribunales demandados; y, 5) Adjunten fotocopias legalizadas del proceso disciplinario, esencialmente, las actas de audiencia de juicio oral y el Memorando de nombramiento de Fiscal Policial a Luis Aldrin Cordero Pacheco por el Director General de Investigación Policial Interna y sea en el plazo de tres días, a partir de su notificación bajo alternativa de aplicarse el art. 30.I.1) del Código Procesal Constitucional (CPCo).