Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0031/2017-S1
Fecha: 15-Feb-2017
denegó
La Jueza de Sentencia Penal Cuarta del departamento de La Paz, constituida en Jueza de garantías, por Resolución 016/2016 de 16 de agosto, cursante a fs. 32 y vta., denegó la tutela solicitada, en base a los siguientes fundamentos: a) En el presente caso el accionante no demostró la vulneración de derechos y garantías constitucionales; y, b) La autoridad judicial demandada en cumplimiento a las normas, remitió los antecedentes al Tribunal de Sentencia Penal Segundo de El Alto del mismo departamento; por lo que, con su proceder no lesionó derechos ni garantías constitucionales.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- denegó
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético-morales de la sociedad plural y los valores que sustentan el Estado boliviano
- III.2. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- es un mecanismo de defensa constitucional extraordinario de carácter preventivo, correctivo y reparador, instituido para la protección inmediata y efectiva de los derechos fundamentales a la libertad física como de locomoción en casos de detenciones, persecuciones, apresamientos o procesamientos ilegales o indebidos por parte de servidores públicos o de personas particulares; así como a la vida, cuando ésta se encuentra afectada o amenazada por la restricción o supresión de la libertad”
- I.
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR