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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0031/2017-S1
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0031/2017-S1

    Fecha: 15-Feb-2017

    I.2.2. Informe de la autoridad demandada

    Erick Ganner Espinoza Peralta, Juez Público Civil y Comercial e Instrucción Penal Primero de Coro Coro del departamento de La Paz, no presentó informe escrito alguno ni asistió a la audiencia de la acción de amparo constitucional; empero, de acuerdo al informe de la auxiliar del Juzgado de Sentencia Penal Cuarto del departamento de La Paz, cursante a fs. 29, se evidenció que la indicada autoridad no pudo ser notificado.

    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.2.2. Informe de la autoridad demandada
    • denegó
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.  Sobre los principios ético-morales de la sociedad plural y los valores que sustentan el Estado boliviano
    • III.2.  Naturaleza jurídica de la acción de libertad
    • es un mecanismo de defensa constitucional extraordinario de carácter preventivo, correctivo y reparador, instituido para la protección inmediata y efectiva de los derechos fundamentales a la libertad física como de locomoción en casos de detenciones, persecuciones, apresamientos o procesamientos ilegales o indebidos por parte de servidores públicos o de personas particulares; así como a la vida, cuando ésta se encuentra afectada o amenazada por la restricción o supresión de la libertad”
    • I.
    • III.4.  Análisis del caso concreto
    • CONFIRMAR

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