Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0057/2017-S1
Fecha: 15-Feb-2017
I.2.2. Informe de la autoridad demandada
Ricardo Zegarra Coca, Juez Público Mixto e Instrucción Penal Primero de Comarapa del departamento de Santa Cruz, presente en audiencia manifestó que, se declara incompetente, puesto que se remitió el expediente al Tribunal de Sentencia Penal Primero; Juzgado Público y de Sentencia Penal de Vallegrande del departamento de Santa Cruz, debido a que el Ministerio Público hizo llegar los actos conclusivos y siendo que la el “art. 235” (sic) de la Ley de Descongestionamiento y Efectivización del Sistema Procesal Penal (LDEP) establece el ordenamiento jurídico aplicable, se ha cumplido con lo que dispone esa Ley, solicitando se deniegue la tutela.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- concediendo
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado Boliviano
- III.2. Naturaleza jurídica de la acción de libertad, fines y alcance
- I.
- III.4. Análisis del caso concreto
- REVOCAR