SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0059/2017-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0059/2017-S1

Fecha: 15-Feb-2017

1)

William Torrez Tordoya y Hugo Juan Iquise Saca, Vocales de la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, presentaron informe de 24 de noviembre de 2016, cursante a fs. 11 y vta., por el cual señalaron que: 1) El imputado -ahora accionante-, mediante memorial de 28 de septiembre de 2016, interpuso un recurso de apelación contra el mencionado Auto Interlocutorio que resuelve su incidente de nulidad; mismo que fue planteado fuera del plazo de diez días, establecido en el art. 314.I del Código de Procedimiento Penal (CPP), modificado por el art. 8 de la Ley de Descongestionamiento y Efectivización del Sistema Procesal Penal (LDEP), aspecto que  impide resolver el fondo de lo peticionado; motivo por el cual, ya declararon inadmisible dicho recurso de apelación mediante Auto de Vista de 11 de noviembre de igual año; 2) Para la interposición de una acción de libertad debe producirse una detención ilegal que no haya sido dispuesta por autoridad judicial.