Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0062/2017-S3
Fecha: 17-Feb-2017
Fragmento 3
Quienes invadieron violentamente su domicilio fueron personeros del SSU, sin orden judicial alguna, colocando inclusive a efectivos de la Unidad de Táctica de Operaciones Policiales (UTOP) del Regimiento Policial Sopocachi y Max Paredes, dándose a la tarea de exigir que exhibamos cédula de identidad para poder ingresar al domicilio que habitan desde hace mucho tiempo. Junto al abogado del Seguro Social Universitario y los policías de la UTOP violentaron la puerta de ingreso utilizando amoladora y sierra eléctrica, cortando las abrazaderas del portón y llevándola a una camioneta blanca que se encontraba parqueada en las proximidades.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Fragmento 3
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La resolución de los hechos controvertidos corresponde a la jurisdicción ordinaria
- de manera que no será posible plantear la acción de amparo constitucional invocando derechos que se encuentren en disputa o estén en controversia
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR