SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0062/2017-S3
Fecha: 17-Feb-2017
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Habitaban en el edificio “Begker”, ubicado en la av. 6 de agosto 2770 de la ciudad de La Paz, en el que desde hace varios años tienen constituido su domicilio, siendo que el 22 de septiembre de 2016, una turba de personas, entre policías y civiles -algunos encapuchados-, procedieron a ingresar violentamente al citado inmueble, derribando puertas, rompiendo vidrios y retirando con sierra eléctrica la chapa de la puerta principal la cual fue sustituida para impedir su acceso a dicho inmueble, por lo que preguntaron quiénes eran y a qué se debía ese atropello, ante lo cual fueron agredidas sin misericordia; en medio del desconcierto, se percataron que otras personas pintaban el lugar como propiedad del SSU de La Paz.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Fragmento 3
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La resolución de los hechos controvertidos corresponde a la jurisdicción ordinaria
- de manera que no será posible plantear la acción de amparo constitucional invocando derechos que se encuentren en disputa o estén en controversia
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR