SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0071/2017-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0071/2017-S2

Fecha: 20-Feb-2017

denegó

La Jueza de Sentencia Penal Segunda del departamento de Tarija, constituida en Jueza de garantías mediante la Resolución 44/2016 de 26 de noviembre, cursante de fs. 43 a 46 vta., denegó la tutela solicitada, bajo los siguientes fundamentos: 1) Se tiene que el imputado hoy accionante fue cautelado por la Jueza de Instrucción Penal Tercera del mismo departamento quien en primera instancia ordenó su detención preventiva pero luego fue beneficiado con medidas sustitutivas a ésta, la cual fue apelada por ambas partes y a la vez revocada por el Tribunal de alzada; 2) La detención se debió a que concurrieron los requisitos de los arts. 233, 234.10 y 235.2 del CPP, continuando detenido por decisión basada en normas legales y resolución fundamentada, no producto de una arbitrariedad de las autoridades, su vida no está en riesgo a causa de esta decisión; 3) El hecho de que fue atacado por otro reo es un motivo que no está entre los fundamentos para dar libertad o medidas sustitutivas; 4) La seguridad de los internos está en manos de los funcionarios policiales y aplicación de la ley en manos de las autoridades judiciales; 5) La falta de celeridad por parte de la citada autoridad cautelar ya fue dilucidada en la apelación, y si existió o no flagrancia es cuestión que le corresponde esclarecer a los tribunales ordinarios; y, 6) La jurisdicción constitucional ingresa cuando es evidente la vulneración a los derechos a la libertad y a la vida por lo que en el presente caso no corresponde otorgar la tutela, ya que no existen los dos supuestos reconocidos por la jurisprudencia constitucional.