SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0087/2017-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0087/2017-S1

Fecha: 23-Feb-2017

IMPROCEDENCIA

La Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, constituida en Tribunal de garantías, por Resolución 08 de 20 de julio de 2016, cursante de fs. 17 a 20, declaró la “IMPROCEDENCIA” de la acción de libertad y denegó la tutela solicitada, en base a los fundamentos de que el Tribunal Constitucional Plurinacional contempló la problemática de no cumplir con el plazo señalado en el art. 251 del CPP, por efectos de que resulte materialmente imposible efectuar la remisión de obrados al Tribunal de alzada, ello cuando se plantea un recurso de la naturaleza del presente caso; por lo que, aplica un criterio y un término de tiempo razonable de tres a cinco días para la remisión de la apelación incidental ante el Tribunal de alzada; por lo que, de acuerdo al informe presentado por la autoridad judicial, demandada la citada apelación ya fue sorteada y enviada a la correspondiente “Sala Penal respectiva”, cumpliéndose así los parámetros determinados por la jurisprudencia constitucional respecto a esas apelaciones.