SENTENCIA CONSTITUCIONAL PlurinacionaL 0107/2017-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PlurinacionaL 0107/2017-S2

Fecha: 20-Feb-2017

se ha establecido la excepcionalidad a este principio con el propósito de evitar el pronunciamiento de fallos duplicados y hasta contradictorios, alterando innecesariamente el orden constitucional y judicial;

  En relación al tema el Tribunal Constitucional Plurinacional en su SCP 0366/2016-S2 de 25 de abril, señaló que: “Si bien la acción de libertad en el nuevo contexto constitucional no se encuentra regida por el principio de subsidiariedad, ha sido a través de la jurisprudencia constitucional que se ha establecido la excepcionalidad a este principio con el propósito de evitar el pronunciamiento de fallos duplicados y hasta contradictorios, alterando innecesariamente el orden constitucional y judicial; del mismo modo se busca evitar las malas prácticas por las que la acción de libertad sea utilizada como un medio alternativo o paralelo de los mecanismos legales con la que se cuenta intraprocesalmente, en este sentido y sólo en circunstancias en las que el afectado no hubiera logrado el restablecimiento de sus derechos y garantías constitucionales, una vez agotada esta vía podrá acudir a la citada acción tutelar en busca de la protección de los derechos que estimare infringidos.