SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0124/2017-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0124/2017-S2

Fecha: 20-Feb-2017

Fragmento 14

En este entendido de los datos cursantes en la presente acción tutelar, se advierte que Rubén Arciénega Llano, Fiscal de Materia de la División Económico Financiero, por Resolución de 26 de noviembre de 2015, determinó declarar el sobreseimiento de Hugo Freddy Pérez Elías y Jenny Triantáfilo Callispari de Pérez, por la presunta comisión de los delitos de falsedad ideológica y uso de instrumento falsificado, previstos en los arts. 199 y 203 del CP, dentro el caso penal FIS-CBBA 1500366, IANUS 201503648, en base a los siguientes argumentos: i) Si bien los elementos o indicios colectados en la etapa preliminar fueron suficientes para fundar una imputación contra Hugo Freddy Pérez y Jenny Triantáfilo Callisperis de Pérez, entre ellos el dictamen pericial “Grafo Técnico y Documento Lógico”, el mismo resulta insuficiente e insostenible, ya que al haberse producido la falsedad supuestamente el 2 de junio de 2007, corresponde ver los arts. 27.8) y 29.1) del Código de Procedimiento Penal (CPP), relativo a la prescripción; porque desde esa fecha transcurrieron ocho años y cinco meses aproximadamente; ii) Los denunciantes guardaron silencio sobre diferentes transacciones de propiedades, incluso otorgando vehículos como forma de pago por el terreno; y, iii) Las presunciones ya no son medios probatorios para sustentar un eventual juicio, para ello debe existir necesariamente elementos probatorios que determinen la responsabilidad plena de los imputados.