AUTO CONSTITUCIONAL 0057/2017-CA
Fecha: 16-Mar-2017
Gerente a.i. de Grandes Contribuyentes (GRACO) Santa Cruz
En consulta la Resolución 391779000002 de 2 de febrero de 2017, cursante de fs. 67 a 71, pronunciada por el Gerente a.i. de Grandes Contribuyentes (GRACO) Santa Cruz, del Servicio de Impuestos Nacionales (SIN), por la que rechazó la solicitud de promover la acción de inconstitucionalidad concreta, interpuesta por Hipólito Ríos León, demandando la inconstitucionalidad de las Disposiciones Adicionales Quinta, Sexta, Séptima, Octava y Décima Primera de la Ley de Modificaciones al Presupuesto General del Estado-Gestión 2012-“II” (PGE 2012) -Ley 291 de 22 de septiembre de 2012-, por ser presuntamente contrarias a los arts. 115, “158.11”, 159.6 y 8, 178, 321 y 410.II de la Constitución Política del Estado (CPE).
- Gerente a.i. de Grandes Contribuyentes (GRACO) Santa Cruz
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- rechazó
- II.2. Marco normativo constitucional y legal
- es indispensable que la o el accionante identifique con claridad la disposición impugnada y las razones por las que cree o entiende que dicha norma acusada de inconstitucional es presuntamente contraria a la Ley Fundamental
- también es imprescindible que se exprese y justifique en qué medida la decisión que debe adoptar el Juez o Tribunal depende de la constitucionalidad o inconstitucionalidad de la disposición legal impugnada
- II.4. Análisis del caso concreto
- RATIFICAR