Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0096/2017-RCA
Fecha: 20-Mar-2017
CONFIRMAR
La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional, en atención a lo dispuesto por el art. 30.III del Código Procesal Constitucional, en revisión, resuelve: CONFIRMAR la Resolución de 15 de febrero de 2017, pronunciada por la Jueza Pública de la Niñez y Adolescencia Segunda del departamento de Cochabamba, constituida en Jueza de garantías.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- a)
- improcedencia “in limine”
- I.5. Síntesis de la impugnación
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- b) cuando se utilizó un medio de defensa útil y procedente para la defensa de un derecho, pero en su trámite el mismo no se agotó, estando al momento de la interposición y tramitación del amparo, pendiente de resolución
- CONFIRMAR