AUTO CONSTITUCIONAL 0110/2017-RCA
Fecha: 29-Mar-2017
II.5. Análisis del caso concreto
Los accionantes indicaron que la imputación formal emitida en su contra por los delitos de incumplimiento de deberes y conducta antieconómica no fue fundamentada, tampoco contenía calificación jurídica de los hechos en base a los elementos de convicción encontrados en la investigación realizada, como consecuencia de ello interpusieron incidente de nulidad por violaciones a los derechos a la defensa y al debido proceso. Asimismo, indicaron que en la referida imputación se tipificaron los delitos con las modificaciones de la Ley de Lucha contra la Corrupción, Enriquecimiento Ilícito e Investigación de Fortunas Marcelo Quiroga Santa Cruz, vulnerando el Ministerio Público el principio de la aplicación de la ley más favorable; toda vez que, la norma indicada agrava las penas de los delitos por los que se los está investigando.
- Fragmento 1
- I. ANTECEDENTES DE LA ACCIÓN
- rechazó “in limine”
- improcedencia
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- , deberá verificar el cumplimiento de los requisitos de admisibilidad previstos en el referido art. 33 del CPCo,
- II.3. Requisitos de admisibilidad previstos por el art. 33 del CPCo, para la presentación de acciones de amparo constitucional
- el Tribunal o Juez de garantías al momento de determinar la admisión o rechazo de la acción de amparo constitucional, debe considerar no sólo que la solicitud sea clara y coherente, sino que guarde relación con los hechos denunciados y los derechos invocados
- Resultando imprescindible que el accionante, además de señalar los hechos que considera lesionaron sus derechos, debe establecer entre ambos, un nexo de causalidad como presupuesto esencial para la admisión del recurso’.
- es imprescindible identificar cada derecho y explicar los motivos por los que se consideran lesionados y la forma en que se los habría vulnerado, de no hacerlo así no se cumple con el requisito de contenido antes referido
- II.5. Análisis del caso concreto