SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0008/2017
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0008/2017

Fecha: 23-Mar-2017

este examen se ejerce cuando la Ley ha sido sancionada y está en plena vigencia

A efectos de establecer si procede o no el análisis de constitucionalidad sobre una Ley que estando vigente en el momento de plantearse su inconstitucionalidad es con posterioridad expulsada por otra Ley que la abroga de modo que en el momento de realizar el test de constitucionalidad la Ley cuestionada ha desaparecido materialmente del ordenamiento jurídico, es preciso señalar que el control de constitucionalidad correctivo o a posteriori, se ejerce a través de las acciones de inconstitucionalidad abstracta y concreta; por ello, la doctrina se refiere al control correctivo, debido a que este examen se ejerce cuando la Ley ha sido sancionada y está en plena vigencia, de modo que en caso de determinarse su incompatibilidad con las normas constitucionales, es posible corregir su contenido o retirarla del ordenamiento jurídico por ser contraria a la Constitución Política del Estado, lo que ya no es posible en caso de sobrevenir la abrogatoria de la Ley cuestionada de inconstitucional” (las negrillas nos corresponden).