SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0120/2017-S1
Fecha: 09-Mar-2017
a)
Solicita se le conceda la tutela, disponiendo: a) La ilegalidad de la orden de aprehensión, emitida por Víctor Iporre Téllez, Fiscal de Materia; b) Se admitio el incidente de falta de certeza en la imputación; en consecuencia, se devuelva la imputación formal al referido Fiscal, para que en el plazo establecido por ley corrija los errores respecto a la individualización de participación de cada imputado en los supuestos delitos atribuidos; c) Se deje sin efecto la aplicación de medidas cautelares y se ordene su libertad inmediata; y, d) Sea con costas y responsabilidad al citado Fiscal de Materia, así como al Juez de Instrucción Penal Primero del departamento de Potosi, hoy demandados, más el pago de daños y perjuicios.
Víctor Iporre Téllez y Eugenio Marca, Fiscales de Materia, en audiencia, presentaron su informe, indicado que: a) Frente al cuestionamiento a la aprehensión del imputado hoy accionante, el Ministerio Público, cumplió con lo establecido por el art. 226 del CPP; b) No se trata de denunciar la vulneración del debido proceso, en su sentido amplio, sino que debió indicarse en cuales de sus vertientes sufrió lesión; y, c) Por lo expuesto, solicitaron se deniegue la tutela interpuesta.