Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0120/2017-S3
Fecha: 06-Mar-2017
I.2.3. Intervención del Ministerio Público
La representante del Ministerio Público en audiencia señaló que la acción de libertad no estaba bien dirigida, “…en el entendido de que si bien el hecho que no se tiene en concreto del derecho de la demanda y esto más bien puede ser por la vía del Amparo constitucional y al no existir la certeza de que ha sido afectado el alcantarillado como hecho fundamental de la parte accionante…” (sic), solicitando se deniegue la tutela solicitada.