SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0152/2017-S2
Fecha: 06-Mar-2017
denegó
La Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, constituido en Tribunal de garantías, mediante Resolución 10 de 16 de diciembre de 2016, cursante de fs. 41 vta. a 44, denegó la tutela solicitada argumentando que: 1) Las partes se alzaron en apelación contra la decisión de la autoridad jurisdiccional debiendo agotarse los recursos ordinarios; 2) La excepcionalidad únicamente es viable cuando hay una vulneración al debido proceso y ésta se encuentre vinculada a la vida; y, 3) En el presente caso, ninguno de los detenidos preventivamente ha manifestado que su vida esté en peligro, de tal modo, no es viable la vía excepcional de la acción de libertad ni puede prescindirse de la subsidiariedad.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- persecución indebida
- debido
- Fragmento 12
- subsidiariedad
- en los casos, que en materia penal se impugnen actuaciones no judiciales
- Primer supuesto:
- Fragmento 16
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo