SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0196/2017-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0196/2017-S1

Fecha: 23-Mar-2017

concedió

La Jueza Pública Civil y Comercial Décima Octava del departamento de Cochabamba, constituida en Jueza de garantías, mediante Resolución de 5 de diciembre de 2016, cursante de fs. 446 a 449 vta., concedió la tutela solicitada, anulando el Auto de Vista 63 y disponiendo se emita otra de acuerdo a los fundamentos expresados en el presente fallo; con los siguientes fundamentos: i) De la lectura del Auto de Vista mencionado se tiene que la parte resolutiva no guarda congruencia entre lo pedido, apelado y lo resuelto, siendo que confirmó la sentencia recurrida, sin pronunciarse en el fondo sobre las excepciones perentorias de cosa juzgada y prescripción; ii) Toda autoridad a cargo de un proceso tiene la obligación de exponer de manera suficiente las razones que llevaron a tomar cierta decisión, lo contrario impediría que las partes procesales conozcan los motivos que llevaron a que se asuma dicha determinación; iii) Se evidenció que las autoridades demandadas contravinieron el derecho al debido proceso en su componente de fundamentación y congruencia, al no pronunciarse sobre las excepciones perentorias de cosa juzgada y prescripción; y, iv) Respecto a los daños y perjuicios no es viable ser atendidos por medio de esta acción de defensa.