SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0201/2017-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0201/2017-S1

Fecha: 23-Mar-2017

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Mediante un contrato laboral suscrito con la empresa La Boliviana Ciacruz de Seguros y Reaseguros S.A., empezó a trabajar desde el 3 de junio de 2013 hasta el 18 de diciembre de 2015, que fue despedido intempestivamente mediante memorándum GT 357/15 de 18 de diciembre de 2015; a raíz de esa ilegalidad denunció a la Jefatura Departamental de Trabajo de Cochabamba, que señaló audiencia de conciliación de reincorporación para el 11 de enero de 2016, en la cual no se llegó a ningún acuerdo; por lo que, se emitió conminatoria MTEPS/JDTCBBA/ 018/2016 de 21 de enero, instruyendo a la empresa ahora demandada su reincorporación a su fuente laboral en el último cargo que desempeñaba, más el pago de salarios devengados, como la restitución de su seguro a corto y largo plazo y otras disposiciones; empero, la parte demandada interpuso recurso de revocatoria contra tal decisión, que a través de la Resolución Administrativa (RA) 62/2016 de 3 de marzo, se rechazó y confirmó la indicada conminatoria, ante tal determinación formuló el jerárquico al Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social, que por Resolución Ministerial (RM) 597/16 de 24 de junio de 2016, confirmó totalmente la                             RA 062/2016 y la señalada conminatoria, siendo notificado la empresa demandada “el 8 de julio de 2016”; consecuentemente, al estar plenamente reconocido su derecho a la estabilidad laboral y restitución, se estaría vulnerando sus derechos y garantías fundamentales al igual que de su familia, ya que se ven privados de los ingresos económicos correspondientes.