Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0209/2017-S3
Fecha: 21-Mar-2017
II.1.
II.1. Cursa memorial de interposición de la acción de defensa en análisis, que fue presentado el 16 de enero de 2017 a horas 8:41, según consta en el cargo de recepción firmado por el Auxiliar de Plataforma del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba (fs. 55 a 59 vta.), y recibido por la Auxiliar de la Sala Penal Segunda del respectivo Tribunal Departamental de Justicia, en la misma fecha a horas 15:25 (fs. 60).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantía supuestamente vulnerados
- a)
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- i)
- Fragmento 7
- II.1.
- II.2.
- única oportunidad procesal para desistir o retirar la acción de libertad, es hasta antes de señalado el día y hora de la audiencia pública, es decir, cualesquiera de estas actuaciones (retiro o desistimiento) serán inadmisibles después de esta actuación procesal
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR