SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0241/2017-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0241/2017-S2

Fecha: 20-Mar-2017

la misma no fue cumplida conforme muestra el informe de verificación MTEPS/JDTCBBA/INF 962/14

Sobre el particular, la SCP 0680/2016-S2 de 8 de agosto, moduló el entendimiento con relación al cumplimiento de la conminatoria dispuesto en la SCP 0386/2015-S3 de 22 de abril, reiterada por la SCP 0028/216-S1 de 7 de enero, señalando que ésta última precisó: “’…Pese a que la conminatoria fue de conocimiento de los ahora demandados, la misma no fue cumplida conforme muestra el informe de verificación MTEPS/JDTCBBA/INF 962/14, descrito en la Conclusión II.5. de la presente Resolución, por lo que corresponde aplicar el Fundamento Jurídico III.1. de este fallo constitucional, que señala que la conminatoria librada por la jefatura departamental de trabajo, empleo y previsión social, es de cumplimiento obligatorio para el empleador, y en caso resistencia, el trabajador se encuentra facultado a interponer la presente acción tutelar para exigir su cumplimiento, por cuanto la finalidad de la conminatoria es la protección del derecho al trabajo.