SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0242/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0242/2017-S3

Fecha: 27-Mar-2017

denegó

La Jueza de Sentencia Penal Segunda de la Capital del departamento de Tarija, constituida en Jueza de garantías, por Resolución 05/2017 de 31 de enero, cursante de fs. 28 vta. a 31 vta., denegó la tutela solicitada, bajo los siguientes fundamentos: i) El accionante se enteró que su dinero fue objeto de retención de fondos, lo cual deviene de un proceso penal, por tanto no se estaría lesionando su derecho a la libertad ni al debido proceso, en razón a que no presentó prueba que así lo demuestre; ii) La acción de libertad se activa por vulneración del debido proceso cuando este acto sea la causa directa de la privación de libertad o que es inminente perder el derecho a la libertad, siendo que en el presente caso “…no se advierte ninguna vinculación a la libertad…” (sic); y, iii) No se ingresó al análisis de fondo debido a que en la misma redacción del accionante este manifestó que no sabía nada y que no le notificaron, por lo que corresponde que se apersone al juzgado para que se le notifique y se entere de qué se le acusa y ejerza su defensa mediante mecanismos que la ley procesal le franquea, por lo que en virtud del principio de subsidiariedad no es posible conocer el fondo del presente caso.