SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0242/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0242/2017-S3

Fecha: 27-Mar-2017

Fragmento 12

                                                        
De la revisión de los antecedentes que cursan en obrados, se tiene nota  de comunicación de la ahora demandada dirigida a la Directora  General Ejecutiva de la ASFI que indica: “Dentro del proceso penal que sigue el Ministerio Público a denuncia del Gobierno Autónomo Departamental de Tarija…” (sic) mediante Auto interlocutorio de 8 de abril de 2016 se ordenó la retención de cuentas bancarias y financieras del ahora accionante y otros, retención que deberá realizarse hasta llegar la suma de $us3 204 534.- (Conclusión II.1.); asimismo, por nota CITE: SO/1307/2017 de 18 de enero emitida por personeros del Banco Ganadero S.A. dirigida al ahora accionante, hicieron conocer el cumplimiento de la Circular de Retención de Fondos ASFI/DAJ/CC-138/2017 de 9 de enero, informando que procedieron a la retención de fondos de la cuenta 5052-029270 (Conclusión II.2.); por su parte el BNB S.A., por nota CITE: OPER 17/2017 comunicó que en cumplimiento de la Circular de Retención de Fondos “ASFI/138/2017” se procedió al cumplimiento del mismo (Conclusión II.3.).