SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0249/2017-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0249/2017-S1

Fecha: 28-Mar-2017

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Dentro del proceso penal seguido en su contra por el Ministerio Público a instancia de Gloria Karina Bustamante Villarroel, se desarrolló la audiencia de consideración de aplicación de medidas cautelares, se dispuso medidas sustitutivas a la detención preventiva, consistentes en arraigo, presentación de garantes y la firma ante el señalado Ministerio Público cada “quince de cada mes”.

Desde marzo de 2016, hasta la interposición de la presente acción de defensa cumplió a cabalidad con lo dispuesto por el Juez hoy demandado; empero, el 3 de enero de 2017, no pudo llegar a tiempo a la Fiscalía Departamental de La Paz, para consignar sus huellas dactilares, por lo que acudió al día siguiente a primera hora; sin embargo, la encargada de dicha entidad le negó la posibilidad de poder realizar su registro biométrico, y le solicitó que acuda ante el Juez contralor de garantías para que emita una autorización.

A través de memorial presentado el 5 de enero de 2017, hizo conocer al Juez de la causa que no llegó a tiempo a la Fiscalía Departamental de La Paz, por lo que solicitó autorización para consignar sus huellas dactilares y firmar; empero, su petición fue rechazada sin mayor consideración mediante decreto de 6 de igual mes y año, motivo por el que presentó recurso de reposición, que fue resuelto mediante Auto de 19 del mismo mes y año, que declaró no ha lugar el mismo, impidiendo que pueda cumplir con la determinación de la misma autoridad, poniendo en peligro su derecho a la libertad.